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Megapuente marzo 2022: ¿se cobra más por trabajar durante el puente?

¿Ya sabes cuánto deberás recibir si trabajas el próximo 21 de marzo, que es día festivo? Checa de cuánto tiene que llegar tu pago por asistir a laborar.

MéxicoActualizado a
Megapuente marzo 2022: ¿se cobra más por trabajar durante el puente?
Foto: Cuartoscuro

El viernes pasado inició el megapuente marzo 2022, por lo que muchas personas podrán disfrutar de tres días más de descanso, debido a que el próximo lunes 21 de marzo se conmemora el natalicio de Benito Juárez y muchos no tendrán actividades. Sin embargo, algunos sí acudirán a trabajar durante el puente, ¿pero ya sabes cuánto deberás cobrar de más?

Y es que esa es la duda continua que tiene aquellos a los que su patrón les pide laborar un día de asueto obligatorio y que está marcado como inhábil en la Ley Federal del Trabajo. Si es que aún no lo sabes, ¡no te preocupes!, pues nosotros te decimos de cuánto es el pago que te corresponderá recibir próximamente.

¿Se cobra más por trabajar durante el puente?

La respuesta es sí, y no es el doble, sino el triple, ya que el artículo 75 establece que la Ley Federal del Trabajo señala que los empleados deberán recibir el salario de ese día, más un salario doble por el servicio prestado en un día que debieron descansar, en este caso por el natalicio de Benito Juárez, que, por cierto, también cae en el inicio de la primavera.

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”, se puede leer en el artículo 75 de dicha Ley, que debe ser respetado al pie de la letra por empleadores y trabajadores.

Por ejemplo, si ganas 800 pesos por día, y te piden laborar este 21 de marzo, deberás recibir 2 mil 400 pesos. En caso de que no te paguen lo correspondiente podrás dirigirte a la vía legal, ya que es un derecho que tu tienes como prestador de servicios. Para resolver dudas y ayudarles en dicho proceso, la Procuraduría de la Defensa del Trabajador pone a disposición su número 800 717 29 42 / 800 911 78 77 77 / 55 59 98 20 00 Ext. 44740 y 44741.

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Hay que señalar que debido a que muchas veces la empresa no puede parar sus producciones, independientemente del día, los empleadores deben llegar a un acuerdo con sus trabajadores. En caso de no llegar a uno, la Junta de Conciliación y Arbitraje la resolverá.

¿Cómo sé cuánto gano al día?

El proceso es muy sencillo, ya que tan solo debes dividir entre treinta lo que ganas al mes. Es decir, si ganas 12 mil pesos al mes, dicha cantidad debes dividirla entre 30, que son los día que tiene cada mes. El resultado que te salga deberás multiplicarlo por tres, pues recuerda que te pagarán el triple por asistir en día de asueto.