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Aborto legal en México: ¿Qué estados lo han aprobado y qué dicen las legislaciones?

La marea verde se extiende en México, desde 2007 hasta el 2022 sólo 8 de 32 entidades han aprobado la despenalización del aborto.

Aborto legal en México: ¿Qué estados lo han aprobado y qué dicen las legislaciones?
Especial

En México la interrupción del embarazo no es legal a nivel nacional, sin embargo, desde 2007 su regularización a nivel estatal y bajo la coordinación de los Códigos Penales en ciertas entidades federativas ya es una realidad. Actualmente sólo ocho entidades permiten el aborto legal hasta las 12 semanas de gestación, y sólo si se encuentran bajo ciertas situaciones causales que apunta el marco jurídico.

¿En qué estados de México es legal el aborto?

Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa y Guerrero son los estados de la República Mexicana que permiten a las mujeres abortar de forma legal hasta las 12 semanas de gestación.

  • Ciudad de México

El primer estado en todo México en despenalizar el aborto fue la Ciudad de México en abril de 2007, con 46 votos a favor, 19 en contra y una abstención, se reformó el artículo 144 del Código Penal.

  • Oaxaca

En octubre de 2019, el estado de Oaxaca aprobó el aborto legal hasta las 12 semanas de gestación, así como las reformas a los artículos 312, 313, 315 y 316 del Código penal estatal.

  • Hidalgo

En junio de 2021, Hidalgo se convirtió en la tercera entidad en despenalizar el aborto con 16 votos a favor y una abstención, se hicieron reformas en los artículos del Código Penal y la Ley de Salud de la entidad. En julio de 2021, el estado de Veracruz se convirtió en la cuarta entidad en México en aprobar el aborto legal con 25 votos a favor, tres en contra y una abstención.

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  • Veracruz

La aprobación para despenalizar el aborto se llevó a cabo después de que el Congreso de Veracruz votara 25 a favor, tres en contra y una abstención. Con ello se convierte en la cuarta entidad en aprobar esta reforma. El Pleno aprobó el dictamen con proyecto de decreto para reformar cinco artículos. Estos son: 149, 150, 151, 153 y 154. Además se deroga el 152, del Código Penal del Estado de Veracruz.

  • Baja California

La quinta entidad federativa en despenalizar el aborto en México fue Baja California en octubre de 2021. El Congreso reformó su Código Penal y aprobó su despenalización hasta las 12 semanas de gestación, sin embargo, el reconocimiento a la vida en la entidad se concede desde la concepción.

  • Colima

En diciembre de 2021, el Congreso de Colima aprobó la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, convirtiéndosela en el sexto Estado de México en despenalizarlo. Con 14 votos a favor, y 5 en contra quedó aprobado y prohibido castigar a las mujeres que tomen esta decisión.

  • Sinaloa

El 8 de marzo de 2022, el Congreso de Sinaloa aprobó la despenalización del aborto hasta las 13 semanas de gestación. Con 28 votos a favor, 2 en contra y nueve abstenciones la entidad se convirtió en la séptima de 32 estados en hacer cambios en su Código Civil.

  • Guerrero

El Congreso del Estado de Guerrero aprobó este martes 17 de mayo de 2022, despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación, de esta forma se convierte en la octava entidad de México en realizar cambios desde la legislación.

¿Por qué razones las mujeres pueden abortar en otros estados?

Aunque en estas ocho entidades ya es legal el aborto hasta las 12 semanas de gestación, hay entidades del territorio nacional que permiten interrumpir el embarazo sólo bajo ciertas situaciones causales, como es en caso de que el producto se haya generado por violencia sexual, bajo está circunstancia se permite en todas las entidades.

Cuando las mujeres se encuentran en situación de “imprudencial o culposo” pueden interrumpir su embarazo en todas las entidades, menos Nuevo León y Tabasco.

En los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Colima, Durango, Jalisco, Estado de México, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, se puede practicar el aborto sólo en caso de que la vida de la mujer corra algún peligro.

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En Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tlaxcala, Veracruz, y Yucatán, las mujeres pueden abortar sólo si el producto tiene malformaciones graves y son diagnosticadas por médicos especializados.

En Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, el aborto es legal sólo cuando la salud física, psicológica o social de la mujer está comprometida a algún riesgo o peligro y que el embarazo la afecte.

En Michoacán y Yucatán la interrupción del embarazo se puede dar sólo si se presenta que la mujer enfrenta causas económicas graves, sin solución. Mientras que en Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, San Luis Potosí, Tabasco, Tlaxcala y Veracruz, el aborto se puede practicar si la mujer fue sometida a una inseminación artificial sin su consentimiento.

¿Qué es inconstitucional?

La inconstitucionalidad sólo la puede realizar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y al ser aprobada deja sin efecto a todas las normas, artículos o leyes declaradas bajo este fallo. En tanto, que una vez declarada la inconstitucionalidad las leyes, normas o artículos declarados no tendrán vigencia, serán inválidos y ya no se puede aplicar a ninguna persona.

En el caso de la inconstitucionalidad de la penalización a la interrupción del embarazo en Coahuila, se determina que el artículo 196 del Código Penal de la entidad ya no será valido ni aplicable para ninguna mujer chihuahuense por interrumpir su embarazo.

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