Pensión del ISSSTE: cómo postular y fechas de cobro
Para obtener este derecho, es necesario cumplir los requisitos que se establecen en la ley del Instituto. Aquí, una breve guía de cómo lograrlo sin mayor problema
Para obtener la Pensión del ISSSTE, se necesita estar dentro del artículo décimo transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. ¿Qué dice esta apartado de la legislación que es importantísima para quienes laboran en el organismo.
Básicamente, esta parte de la norma habla sobre los requisitos para obtener la pensión, ya sea por Jubilación, Retiro, Cesantía o Vejez.
En el primer caso, la recibirán los trabajadores que hubieren cotizado treinta años o más y las trabajadoras que hubieran cotizado veintiocho años o más. Su pago será por el equivalente al cien por ciento del promedio del sueldo básico de su último año de servicio.
Cuando es por Retiro, se le otorga a los colaboradores que cumplan cincuenta y cinco años de edad o más y quince años o más de cotización al ISSSTE. El monto obtenido está de acuerdo a una tabulación por el tiempo de servicio que va del 50 al 95% del salario básico.
Para la cesantía, la pensión se otorga a los trabajadores que se separen voluntariamente del servicio o que queden privados de sus labores, después de los sesenta años de edad y que hayan cotizado por un mínimo de diez años.
¿Cómo postular a la Pensión del ISSSTE?
Una vez cumplidos estos requisitos, necesitas presentarte en el Departamento de Pensiones de la Delegación más cercana y llevar una identificación oficial vigente en original y copia, la cual puede ser el INE.
Una vez ahí, es necesario firmar el Documento de Aceptación de Datos. Si estás de acuerdo con la información, se te entregará la solicitud de pensión, y ya firmada se gestionará el otorgamiento de tu pensión.
Posteriormente te entregarán el Documento de Oferta con las diferentes aseguradoras para que elijas la que más te convenga.
CALENDARIO DE PAGOS DE PENSIÓN ISSSTE 2022
Enero- 3 de enero (incluye 2a. parte aguinaldo 2021)
Febrero- 31 de enero
Marzo- 28 de febrero
Abril- 31 de marzo
Mayo- 28 de abril
Junio- 31 de mayo
Julio- 30 de junio
Agosto- 29 de julio
Septiembre- 31 de agosto
Octubre- 29 de septiembre
Noviembre- 31 de octubre
Diciembre- 30 de noviembre