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‘Decretazo' de AMLO: qué es y por qué la Corte Suprema ha decidido suspenderla

Ministros de la SCJN dieron un ‘Decretazo' al decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador para categorizar las obras de su gobierno como “seguridad nacional”.

Ciudad de México
‘Decretazo' de AMLO: qué es y por qué la Corte Suprema ha decidido suspenderla

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendieron el martes 14 de diciembre de 2021, el decreto expedido por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que declaraba toda obra del gobierno como asunto de seguridad nacional.

Juan Luis González Alcántara, ministro de la SCJN rechazó clasificar como información “clasificada” las obras y proyectos de la administración de López Obrador, entre los más relevantes y polémicos se encuentran el Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles y la Refinería Dos Bocas, etc.

Los ministros admitieron que la solicitud del Presidente es una controversia constitucional interpuesta por el INAI, por lo que decidieron suspender de la manera parcial el acuerdo presidencial. “Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, expresaron ministros.

El derechazo impuesto por la SCJN tiene vigencia sólo hasta que se resuelvan los motivos que justifiquen el por qué el acuerdo presidencial va en contra o no de la Constitución.

¿En qué consiste el decreto de AMLO?

En el artículo 1 del decreto del Presidente se califica como "seguridad nacional" la aprobación obligatoria de todos los proyectos y obras de la actual administración, mismos que que estarán asociados a la infraestructura, comunicaciones, telecomunicaciones, fronterizo, aduanero, hidráulico, hídrico, turismo, medio ambiente, salud, ferrocarriles, vías férreas, etc.

En el artículo 2 se lee la obligatoriedad de otorgar la autorización provisional de todos los dictámenes, permisos o licencias para iniciar proyectos u obras, mismas que deberán ser ejecutadas de forma oportunidad y con presupuestos autorizados, además se tendrá un plazo de cinco días hábiles a partir de la solicitud. En caso de que finalice el periodo y aún no hay una autorización, esta será a favor de los interesados para comenzar sus proyectos u obras.

El artículo 3 destaca que las autorizaciones emitidas en el artículo 2 tienen una vigencia de 12 meses a partir de su emisión, por lo que tienen ese periodo para trabajar en sus proyectos u obras solicitadas en el artículo 1.

El decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y de acuerdo con el Ejecutivo Nacional tiene el objetivo de llevar a México a la Cuarta Transformación, impulsando y consolidado proyectos sólidos.