Caso contra Cabeza de Vaca: ¿Por qué no puede ser procesado todavía?
El Presidente de México llamó a la SCJN a tener una resolución pronta sobre el caso de Francisco García Cabeza de Vaca.
El pasado miércoles un juez federal rechazó la petición del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, sobre la anulación de la declaración de desafuero que emitió el Pleno de la Cámara de Diputados.
El juez Martín Adolfo Santo Pérez, calificó como “notoriamente improcedente” la solicitud en defensa de Cabeza de Vaca. Ante esta situación el mandatario tamaulipeco señaló que en San Lázaro se extralimitaron las facultades constitucionales.
“Este órgano de control constitucional observa que la litis planteada por la parte quejosa no es procedente en el juicio de amparo, dado que pretende impugnar una resolución que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión emitió en uso de una facultad exclusiva y soberana”, liberó el juez de distrito.
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, solicitó este martes 18 de mayo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una resolución pronta sobre el caso de Francisco García Cabeza de Vaca.
"El Poder Judicial tiene que resolver con claridad. Nada de ambigüedades, nada de estar retorciendo la ley. Con claridad", apuntó el Presidente de México desde Palacio Nacional.
Andrés Manuel López Obrador también criticó que "la resolución de la Corte no es clara" y la etiquetó de "ambigua".
Este lunes la Fiscalía General de la República (FGR) impugnó, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional sobre el desafuero del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca.
El titular de la FGR, Alejandro Gertz Manero, interpuso un recurso de reclamación para que se vuelva a revisar la decisión del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá de desechar el asunto.
“Por lo que se estima que la determinación impugnada no afecta materialmente la decisión tomada por el Poder Legislativo de la entidad federativa. Ello es así, sobre todo, considerando que el propio poder actor argumenta no impugnar la declaratoria de procedencia emitida por la Cámara de Diputados, sino únicamente los efectos supuestamente pretendidos por la misma, que ya se señaló no se desprenden de ésta”, comentó Gertz Manero.