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Juez otorga suspensión provisional a Ley de Hidrocarburos 

La Ley de Hidrocarburos promovida por el ejecutivo federal tendrá  consecuencias en el artículo 57, y los transitorios cuarto y sexto del decreto.

Ciudad de México
Juez otorga suspensión provisional a Ley de Hidrocarburos 

La Ley de Hidrocarburos obtuvo su primera suspensión provisional con efectos generales a los artículos 57, cuarto y sexto transitorio otorgada por el juez segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro.

El juez de distrito suspendió tres artículos al decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Hidrocarburos. En el artículo 57 se establecía que la autoridad que expida un permiso para operar hidrocarburos, puede hacerlo mediante una ocupación temporal, intervención o suspensión con la finalidad de salvaguardar los intereses de la nación.

En el mencionado artículo también señala que la autoridad con permiso podrá hacer una contratación de empresas productivas del Estado para el manejo y control de las instalaciones.

En el artículo cuarto transitorio se establece que la autoridad con permiso podrá realizar una revocación de permisos tras la fecha de entrada en vigor del decreto de la Ley de Hidrocarburos, toda vez, que incumplan con el requisito de almacenamiento.

“La suspensión provisional que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, así como de los artículos transitorios cuarto y sexto del Decreto reclamado”, señala el documento de la primera suspensión provisional.

Está medida de suspensión provisional fue suspendida por cinco titulares de permiso, pese a ello se aplicará de manera general a todos los titulares.

Cabe recordar que la Ley de Hidrocarburos fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 04 de mayo, esta suspensión provisional es el primer cambio a una de las leyes promovidas por el ejecutivo federal con consecuencias en el artículo 57, y los transitorios cuarto y sexto del decreto.