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Vinculan a Laura Bozzo a prisión preventiva: por qué y quién ha tomado esta decisión

Un juez de control ordenó vincular a proceso y prisión preventiva a la conductora Laura Bozzo por cometer un delito fiscal. ¡Checa las consecuencias! 

Ciudad de MéxicoActualizado a
Vinculan a Laura Bozzo a prisión preventiva: por qué y quién ha tomado esta decisión

Laura Bozzo fue vinculada a proceso con prisión preventiva por un juez de control del Sistema de Justicia Penal en el Estado de México por cometer un delito fiscal por más de 12 millones de pesos, además trascendió que la conductora de televisión uno de sus domicilios, mientras que un inmueble más que estaba embargado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lo vendió indebidamente.

El delito fiscal por el que se le acusa a Laura Bozzo tiene una pena de tres a nueve años de prisión, por lo que el juez de control anunció este miércoles que la presentadora tiene 48 horas para presentarse voluntariamente ante las autoridades, ya que sería internada en el penal estatal de Santiaguito, en el Estado de México.

Tras darse a conocer la noticia la Fiscalía General de la República (PGR) ordenó la prisión preventiva oficiosa, por lo que en próximas horas Laura Brozo deberá presentarse ante las autoridades judiciales. Cabe señalar que hace tres meses la conductora de televisión solicitó un acuerdo reparatorio para pagar el adeudo fiscal y evitar la cárcel.

El delito por el que se le acusa a Laura Bozzo se le conoce como depositario infiel, que atribuye a la persona física contribuyente designada por la autoridad fiscal para la guarda y custodia de los bienes muebles embargados. En el artículo 112 del Código Fiscal de la Federación se menciona que;

“Se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, al depositario o interventor designado por las autoridades fiscales que, con perjuicio del fisco federal, disponga para sí o para otro del bien depositado, de sus productos o de las garantías que de cualquier crédito fiscal se hubieren constituido, si el valor de lo dispuesto no excede de $172,830.00; cuando exceda, la sanción será de tres a nueve años de prisión”.

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