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Aprueban ley para proteger a deportistas LGBTIII en CDMX

El Congreso de la capital del país aprobó Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI, que contempla a los atletas

Ciudad de MéxicoActualizado a
Aprueban ley para proteger a deportistas LGBTIII en CDMX
Cortesía: ANADE LGTB+

El día de ayer, en el Congreso de la Ciudad de México, se aprobó la Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI, la cual también cobija a atletas de la comunidad.

Con esta ley, en la capital del país se establecen las bases de coordinación entre el poder ejecutivo, legislativo y judicial, con las alcaldías y órganos autónomos para “promover, proteger y garantizar de forma progresiva el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas LGBTTTI”.

La Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI contempla a los atletas de la comunidad, específicamente, en su artículo 28, que busca fomentar la participación, en espacios libres de discriminación, de los deportistas.

"Corresponde al Instituto del Deporte de la Ciudad de México:

I Proponer, formular y ejecutar acciones y políticas que fomenten y desarrollen la práctica del deporte y la recreación, enfatizando la participación de las personas LGBTTTI de la Ciudad de México", se lee.

Esta ley recién aprobada también busca la participación de organismos deportivos para la inclusión de los atletas de la comunidad.

"II Propiciar la participación de los organismos deportivos y de las personas LGBTTTI o de sus organizaciones deportivas en la determinación y ejecución de sus políticas", añade.

Los deportistas LGBTTTI también deben ser considerados para formar parte de los equipos que representen a la Ciudad de México.

"III Determinar, bajo un enfoque de discriminación y conforme al Registro del Deporte de la Ciudad de México, a las personas LGBTTTI representantes del deporte en la Ciudad de México para las competencias nacionales e internacionales".

Otros puntos que establece la Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI de la CDMX respecto al deporte, son los siguientes:

IV Establecer mecanismos de la vinculación con organismos y entidades públicas y privadas para la difusión, promoción, capacitación, fomento e investigación en materia deportiva que promueva el desarrollo deportivo de las personas LGBTTTI.

V Otorgar reconocimientos y estímulos a deportistas LGBTTTI, en las entidades u organismos públicos sociales y privados de las alcaldías de la Ciudad de México que se hayan distinguido en el deporte o en la difusión, promoción, fomento o investigación en materia deportiva.

VI Fomentar programas para dar atención y eliminar a la discriminación hacia las personas LGBTTTI en el deporte y la actibidad física en la Ciudad de México.

VII Capacitar al personal del Instituto del Deporte de la Ciudad de México para brindar atención adecuada a las personas LGBTTTI.