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LIGA MX

Peláez e Higuera podrían ser sancionados

La guerra de declaraciones entre ambos directivos tras la final del Apertura 2016 podría acarrearles una sanción, de acuerdo al Código de Ética de la Liga MX.

Guadalajara (México)Actualizado a
Peláez e Higuera podrían ser sancionados

José Luis Higuera, por provocar con una burla y Ricardo Peláez, por responder con una ofensa, podrían ser sancionados por la Comisión Disciplinaria de la Federación Mexicana de Fútbol, pues tanto el director general de Grupo Omnilife Chivas, como el presidente deportivo del América, violaron al menos cuatro artículos contenidos en el Código de Ética que rige al balompié nacional desde el 17 de junio de 2015.

De entrada, dicho documento establece en el Artículo 3 que ambos personajes están sujetos al mismo. “Toda persona que ostente un cargo o realice una actividad directa o indirectamente relacionada con la FMF y el fútbol federado, se adhiere a los principios y obligaciones contenidas en el presente Código de Ética, por lo que no podrá alegar desconocimiento o inexistencia de interés jurídico en su defensa, adoptando desde su ingreso o inicio de actividad, una conducta digna, auténtica e íntegra que evite infringir los principios contenidos en este Código”, señala.

Hay por lo menos cuatro apartados que han roto. José Luis Higuera se burló de la derrota del América en la Final, a través de su cuenta oficial de Twitter, mientras que Ricardo Peláez, colérico al enterarse, lo llamó “gato” y “pelagatos que no sirve para nada”. Ambas situaciones contravienen el Código de Ética por lo que los convierte en blanco de un posible castigo.

El Artículo 8 condena los comentarios en contra de otros miembros del futbol mexicano, al señalar: “El respeto a la integridad moral de los otros es uno de los principios más importantes dentro del fútbol federado, por lo que no se deberá realizar ningún tipo de declaración que tienda a desacreditar, desprestigiar, causar perjuicio o daño, o ir en detrimento de un tercero”.

Y añade: “En esta misma tesitura, cualquier sujeto a este Código de Ética deberá abstenerse de emitir juicios públicos sobre el desempeño del Cuerpo Arbitral, de los Comisarios, de la FMF, sus órganos de gobierno y sus integrantes, así como de terceros involucrados, que tengan como intención o efecto, desacreditar, denostar, desprestigiar y/o causar perjuicio o daño”.

Por su parte, el Artículo 10 castiga la provocación, como la burla que desató la respuesta de Peláez. “Toda persona sujeta a este Código de Ética deberá abstenerse de actuar, participar, o en cualquier forma incitar a realizar conductas que tiendan a desacreditar, desprestigiar, causar perjuicio o daño, o ir en detrimento de la FIFA, Confederaciones, FMF, los Clubes, así como sus órganos de gobierno y sus integrantes y/o terceros involucrados”, señala.

El Artículo 11 deja claro el respeto con que deben actuar los involucrados en el futbol, mismo que se vio roto con este incidente. “La imagen y reputación de la FMF, de sus afiliados y de sus integrantes, es responsabilidad de todos los que integran el fútbol federado, por lo que es una obligación individual el dirigirse y desempeñarse en todas sus actividades, ya sea particulares o profesionales, con la debida probidad y respeto, así como evitar incurrir en conductas que vayan en detrimento del deporte, sus organismos, el fair play y el juego limpio”, dice el documento.

Y finalmente, el Artículo 13 aclara que no sólo declaraciones verbales son sujetas de pena, sino también las emitidas en medios como Twitter. “Los sujetos a este Código deberán observar un comportamiento responsable al publicar o difundir noticias o cualquier contenido en medios de comunicación y redes sociales”, asevera el Código de Ética de la Federación Mexicana.

Por ello, ambos personajes estarían ahora sujetos a la Comisión Disciplinaria, pues el apartado III del Código de Ética, referente a “Sanciones”, señala en su Artículo 33: “Sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad a que pudiera dar lugar, el incumplimiento a cualquier norma del presente Código motivará la aplicación de las sanciones establecidas en el Estatuto Social, el Reglamento de Sanciones y los Reglamentos de Competencia correspondientes. Cuando el presente Código de Ética, el Estatuto Social o sus Reglamentos establezcan con precisión las sanciones aplicables en infracciones concretas, la Comisión Disciplinaria las impondrá cuidando de establecer debidamente la graduación de la sanción”.

Y agrega: “Si la infracción no está definida, el Presidente de la FMF, o en el caso de la Liga MX y Ascenso MX, el Presidente Ejecutivo, decidirán las sanciones que estimen adecuadas en el grado que amerite la falta, tomando en cuenta los antecedentes del infractor, las circunstancias en que hayan ocurrido los hechos y demás elementos que concurran en el caso. Una vez decidida la sanción aplicable, el Presidente de la FMF, o en el caso de la Liga MX y Ascenso MX, el Presidente Ejecutivo, enviarán los antecedentes y la recomendación a la Comisión Disciplinaria, para que por su conducto se sancione al infractor”.

El castigo al que podrían hacerse acreedores tanto Higuera como Peláez, se establece en el Artículo 34. “Las sanciones que se pueden imponer por el incumplimiento al presente Código de Ética son: advertencia, amonestación, suspensión temporal, exclusión, multa, servicio comunitario”. Así, el caso todavía podría tener consecuencias.