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SCJN elimina requisito de 5 años de convivencia para recibir pensión del ISSSTE por concubinato

Con mayoría calificada el Pleno de la Corte Suprema elimina el requisito de 5 años de convivencia para recibir pensión del ISSSTE en México por la modalidad de concubinato.

Con mayoría calificada el Pleno de la Corte Suprema elimina el requisito de 5 años de convivencia para recibir pensión del ISSSTE en México por la modalidad de concubinato.
foto: suprema corte
Yeseline Trejo
Editora y Redactora en Diario AS México
Es periodista mexicana egresada por la Escuela de Periodismo Carlos Septién García (EPCSG) donde también cursó la maestría en Periodismo Político. Desde el 2021 es editora de las secciones Actualidad y Tikitakas en Diario AS México.
México Actualizado a

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó con mayoría calificada el requisito de 5 años de convivencia para acreditar el concubinato y recibir una pensión y servicios de salud del ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado).

La tarde de hoy martes 10 de febrero, el Pleno de la Corte Suprema declaró inconstitucional el requisito que exigía demostrar un plazo fijo de convivencia o tener un hijo en común para reconocer a la pareja en concubinato, argumentando que vulneran el derecho a la igualdad y no discriminación, la seguridad social, la protección a la familia y el libre desarrollo de la personalidad para parejas de hecho.

Con mayoría calificada de seis votos a favor, y do en contra, el Pleno de la Corte eliminó uno de los máximos requisitos previstos desde 2007 en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. La aprobación surgió por el proyecto propuesto por el ministro Irving Espinosa Betanzo, cuyo objetivo es reconocer los “nuevos modelos de familia” en México, ante el incremento de las parejas que ya no quieren casarse ni tener hijos.

El ministro Betanzo, declaró como “irracional” el requisito del ISSSTE para comprobar una convivencia de 5 años en concubinato o tener un hijo, previstos en el artículos 41, fracción I y 131, fracción II de la norma, para acceder a la pensión. “Los lazos afectivos y de solidaridad que caracterizan a una familia no nacen forzosa y puntualmente a los cinco años, sino que pueden surgir desde antes”, expresó.

Hasta el momento la Corte Suprema no impuso un nuevo plazo mínimo que deben cumplir las parejas para comprobar el concubinato. El ministro Espinosa Betanzo, recordó que las leyes estatales contemplan menos tiempo:

  • Querétaro, Durango, Chiapas y Jalisco - 3 años de convivencia
  • Zacatecas, Aguascalientes, Tamaulipas y Ciudad de México - 2 años de convivencia
  • Estado de México y Tabasco - 1 año

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En tanto, el ministro Arístides Guerrero García, se manifestó a favor de la eliminación y argumentó que de acuerdo con cifras del INEGI en 2024, se registraron 486 mil 645 uniones, lo que representó un 3% menos que en 2023, mientras que disminuyó la nupcialidad de 6.9 a 5.4 entre 2015 y 2024.

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