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Pago pensionados IMSS e ISSSTE: requisitos y quién lo puede cobrar

Para tener derecho a este pago vitalicio, es necesario cumplir con las semanas de cotización y edades dispuestas en las leyes de cada institución.

Alfonso M. Jurado
Alfonso M. Jurado
ponchopelota
Actualizado a
Pension IMSS ISSSTE

La pensión por Retiro, Cesantía o Vejez es un derecho de todos los trabajadores que hayan cotizado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Hay una serie de requisitos que se deben cumplir para tener acceso a una renta vitalicia que recompense los años de esfuerzo y dedicación a las labores durante los años en plenitud, con el fin de que pueda tener una vida digna y sin apremios económicos.

En AS México, te decimos los lineamientos para obtener una pensión, de acuerdo con las leyes del IMSS y el ISSSTE.

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IMSS

¿Cuáles son los requisitos para la Pensión para el Retiro del IMSS?

Régimen de la Ley del Seguro Social 1973

  • Tenga cumplidos al menos 60 años de edad al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.
  • Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
  • Se encuentre privado de trabajo remunerado.
  • Haya estado inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997
  • Tenga registradas ante el Instituto un mínimo de 500 semanas de cotización
  • Esté vigente en sus derechos ante el Instituto o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley.

Régimen de la Ley del Seguro Social 1997

  • Tenga cumplidos al menos 60 años de edad al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.
  • Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Se encuentre privado de trabajo remunerado.
  • Tenga registradas ante el Instituto un mínimo de 1,000 semanas de cotización.
  • Si no reúne las 1,000 semanas de cotización y habiendo cumplido sesenta años, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para el otorgamiento de la pensión. En este caso, si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta semanas tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad.

¿Quién puede cobrar la Pensión del IMSS?

  • Asegurado
  • Esposa
  • Concubina
  • Hija o hijo
  • Ascendiente

Si quieres hacer la solicitud de la Pensión del IMSS, haz clic aquí.

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ISSSTE

¿Cuáles son los requisitos para la Pensión para el Retiro del ISSSTE?

Retiro por cesantía en edad avanzada y vejez

Quedar privado de trabajo remunerado a partir de los 60 años de edad (Cesantía en Edad Avanzada), o al cumplir 65 años de edad (Vejez) y, en ambos casos, contar con un mínimo de 25 años de cotización al ISSSTE, o un mínimo de 1250 semanas cotizadas al IMSS.

Pensión Garantizada

Cumplir los requisitos para una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez, y no contar con los recursos sucientes en su Cuenta Individual para contratar una Renta Vitalicia y en su caso, el Seguro de Sobrevivencia que le asegure una pensión de al menos el monto de la Pensión Garantizada.

Retiro Anticipado

El saldo de la Cuenta Individual deberá ser suficiente para contratar con una Aseguradora que el trabajador elija, una Renta Vitalicia y en su caso el Seguro de Sobrevivencia para sus derechohabientes

¿Quién puede cobrar la Pensión del IMSS?

  • Asegurado
  • Cónyuge
  • Concubina
  • Padres
  • Con quien haya vivido el asegurado en los últimos cinco años