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ECONOMÍA

Aguinaldo 2023: ¿se puede cobrar el de un trabajador que ya falleció?¿cuáles son los requisitos?

Los familiares de un trabajador fallecido sí pueden cobrar el pago de aguinaldo, en AS México te contamos los detalles.

MÉXICOActualizado a
Aguinaldo 2023: ¿se puede cobrar el de un trabajador que ya falleció?¿cuáles son los requisitos?
Foto: Cortesía | Google

El aguinaldo es una de las prestaciones obligatorias que todo trabajador con una relación subordinada deberá recibir por parte de sus empresas cada año antes del 20 de diciembre del 2023, en AS México te decimos si los familiares pueden cobrar el monto de un trabajador fallecido.

¿Qué es el aguinaldo?

El aguinaldo es un derecho laboral que tienen los trabajadores que cuentan con un régimen apegado a la Ley Federal del Trabajo (LFT), de acuerdo a lo estipulado en el “Artículo 87″. Esta prestación inició desde 1970, un dato curioso, es que antes de este año algunos patrones brindaban una cantidad monetaria extra a sus empleados por épocas navideñas pero no era obligatorio.

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En 1970 se reformó el monto económico del aguinaldo, pasando a ser una prestación obligatorio que deberán dar las empresas a sus trabajadores con una relación subordinada.

Los trabajadores que tienen un régimen formal con sus empresas y apegado a la Ley Federal del Trabajo tienen derecho a recibir el pago del año completo o una fracción del mismo del aguinaldo anual, mismos que pueden ser:

  • Por un año completo, deberán recibir el pago mínimo de 15 días de sueldo.
  • Si el trabajador tienen menos del año también puede recibir una fracción proporcional.
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Foto: Cortesía | Google

¿Se pude cobrar el aguinaldo de un trabajador fallecido?

La respuesta es SÍ. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) establece que si el trabajador fallece la familia puede reclamar a la empresa el pago del aguinaldo y otras prestaciones como:

  • Vacaciones y prima vacacional en caso haberlas generado y no se le hubieran pagado.
  • Aguinaldo en caso haberlas generado y no se le hubieran pagado.
  • El pago de los salarios devengados y no cubiertos.
  • El pago de la Prima de Antigüedad de conformidad con lo que marca el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.
  • Además de las prestaciones extraordinarias en caso de que se cuente con Contrato Colectivo en la empresa, tales como Fondo de Ahorro, Seguro de Vida, Estímulos de puntualidad y Asistencia, etc.
  • Para el pago de dichas prestaciones de conformidad con el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, los beneficiarios contaran con el término de 1 año a partir de la fecha en que falleció el trabajador para poderlas reclamar.

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¡OJO! La solicitud para cobrar el pago de las prestaciones anteriores sólo se entregará sólo en caso de que el extinto trabajador se encontrara laborando antes de fallecer. Para más información puedes consultar en este ENLACE.

¿Quiénes pueden sobrar el aguinaldo de un familiar fallecido?

El artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo establece que los beneficiarios a la indemnización de una familiar fallecido son:

  • La viuda o el viudo.
  • Los hijos(as) menores de dieciséis años  y los mayores de esta edad si tienen una incapacidad de cincuenta por ciento o más.
  • Los ascendientes concurrirán con las personas mencionadas en la fracción anterior, a menos que se pruebe que no dependían económicamente del trabajador.
  • A falta de cónyuge supérstite, concurrirá con las personas señaladas en las dos fracciones anteriores, la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte, o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
  • A falta de cónyuge supérstite, hijos y ascendientes, las personas que dependían económicamente del trabajador concurrirán con la persona que reúna los requisitos señalados en la fracción anterior, en la proporción en que cada una dependía de él.
  • A falta de las personas mencionadas en las fracciones anteriores, el Instituto Mexicano del Seguro Social.

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