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Seguro de Desempleo en CDMX: cómo solicitarlo desde casa

El Gobierno de la Ciudad de México explica cómo puedes acceder al seguro de desempleo durante la contingencia sanitaria provocada por el coronavirus.

México
Seguro de Desempleo en CDMX: cómo solicitarlo desde casa

Durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, pandemia que está en fase 3 en México, cientos de personas han perdido su trabajo. Ante este panorama, el Gobierno de la capital reforzó su programa de Seguro de Desempleo. Las autoridades de la CDMX han facilitado el trámite y ahora se puede realizar a través de su página web. A continuación te explicamos cómo puedes solicitar este apoyo.

¿Qué es el seguro de desempleo?

Este programa tiene como objetivo ofrecer un incentivo económico equivalente al valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMAs) hasta por dos meses. Es decir, 2 mil 641 pesos, el cual se dará a través de una tarjeta bancaria, cheque bancario u otro mecanismo que se estime pertinente, conforme a las disposiciones jurídicas vigentes y aplicables a la materia. Con este apoyo se busca fomentar la reinserción laboral de las personas a través de capacitación y bolsa de trabajo.

¿Quiénes pueden solicitar el seguro de desempleo en la CDMX?

El seguro de desempleo puede ser solicitado por residentes de la Ciudad de México mayores de 18 años en desempleo de un trabajo formal y población tradicionalmente excluida: mujeres despedidas por motivo de embarazo, migrantes connacionales repatriados o retornados, huéspedes de la CDMX, personas pre y liberadas de algún centro de reclusión en la CDMX y personas de comunidades indígenas en desempleo.

¿Qué necesito para acceder al seguro?

De acuerdo con lo estipulado por la Secretaría de Trabajo de la CDMX, esto es lo que necesitas para pedir el apoyo.

- Tener entre 18 y 67 años con 11 meses.

- Haber perdido, de manera involuntaria, tu trabajo después del 1 de enero de 2018.

- Vivir y haber trabajado durante al menos seis meses en una empresa con domicilio físico y fiscal en la Ciudad de México.

- No percibir ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, subsidio o recibir transferencia gubernamental igual o mayor a lo que el programa otorga.

- Estar buscando activamente empleo.

- Registrarte en la bolsa de trabajo del Servicio Nacional de Empleo. Aquí lo puedes hacer.

¿Cómo puedo hacer el trámite si no puedo salir de casa por el COVID-19?

El Gobierno de la Ciudad de México ha implementado el seguro de desempleo en línea. Para hacer el trámite necesitas ingresar o crear tu cuenta única Llave CDMX y adjuntar los documentos solicitados. Tienes que entrar a este portal del gobierno capitalino para acceder al apoyo para personas sin empleo.

El usuario recibirá un correo electrónico con número de folio e instrucciones para continuar su trámite.

¿Qué documentos necesito para tramitar el seguro?

En las Reglas de Operación del Seguro de Desempleo 2020 se indica que los solicitantes deben adjuntar:

- Identificación oficial vigente con foto (credencial para votar vigente, pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar, licencia para conducir).

- CURP.

- Comprobante de domicilio en la Ciudad de México con código QR o código de barras, según sea el caso, con una antigüedad no mayor a 3 meses.

- En caso haber contado con prestación del IMSS, constancia de semanas cotizadas, (impresión reciente y completa, máximo 15 días previo a la solicitud de acceso al Programa).

- En caso de haber contado con prestación del ISSSTE, constancia de no vigencia expedida por la ISSSTE, la original deberá obrar en el respectivo expediente, y documento que acredite el periodo laborado, pudiendo ser: expediente electrónico, recibos de pago, entre otros.

- La persona solicitante que no acredite haber contado con la prestación de seguridad social, deberá optar por uno de los siguientes requisitos:

a) Citatorio y Cédula de Seguimiento, expedidos por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la Ciudad de México, a partir del 1º de enero de 2018.

b) Constancia de última actuación, así como escrito inicial de demanda laboral interpuesto ante la autoridad jurisdiccional competente, a partir del 1º de enero de 2018.

c) Convenio celebrado ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la Ciudad de México o autoridad laboral competente, a partir del 1º de enero de 2018.

d) Constancia laboral expedida por el centro de trabajo o patrón la cual debe presentarse en hoja membretada con logotipo de la misma.

Toda la información la pueden encontrar en las Reglas de Operación del Seguro de Desempleo 2020. Aquí encuentran el documento.