W Deportes
NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

BARCELONA-LAS PALMAS

No habrá sanción al Barcelona por jugar a puerta cerrada

No hay reglamentariamente hablando ninguna consecuencia para el Barcelona por decidir su disputa a puerta cerrada ante Las Palmas.

No habrá sanción al Barcelona por jugar a puerta cerrada
ALBERT GEAREUTERS

Los Mossos d,escuadra en ningún momento pusieron en duda que no pudieran acreditar la seguridad del Fútbol Club Barcelona contra Las Palmas. Este es el mensaje que han transmitido a la LaLiga y la RFEF desde que empezaron a divulgarse los rumores y la intención desde el club de suspender el partido.

Partiendo de esta base desde las dos instituciones del fútbol español nunca dudaron de su disputa atendiendo a lo que establece el artículo 239 del Reglamento de la RFEF. Su punto uno no deja lugar a dudas: “No podrá autorizarse la suspensión y aplazamiento de un encuentro a fecha que suponga alteración del orden del calendario salvo razones de fuerza mayor indubitadamente acreditadas o recogidas reglamentariamente”. Y salivo que las fuerzas del orden público en Cataluña hubieran puesto en duda la seguridad en el Estadio del Camp Nou, algo que nunca sucedió, no existía otra “causa de fuerza mayor”. Y menos que la petición sea por sumarse al referéndum o lo sucedido en Cataluña como expresó el club azulgrana en un comunicado oficial.

Villar perdonó al Barça en el 2000

Luego de haberlo hecho habría sido una decisión unilateral del club con las consiguientes consecuencias Disciplinarias. Se habría considerado incomparecencia del equipo azulgrana con la consiguiente pérdida del partido por 0-3. Así establece el artículo 77 del Código Disciplinario de la RFEF. “Tratándose de una competición por puntos, se computará el encuentro por perdido al infractor, descontándole, además, tres puntos en su clasificación, declarando vencedor al oponente, por el tanteo de tres goles a cero”.

No habría sido la primera vez que sucede en n el Camp Nou. Entonces fue en la semifinales de competición copera en el 2000 ante el Atlético de Madrid. Entonces el equipo apareció en el césped pero se negó a jugar por considerar que el partido no debía jugarse por no contar con toda su plantilla. Entonces el Comité de Competicion le aplicó el punto uno del mismo artículo 77 del Código Disciplinario. El club azulgrana fue expulsado de la competición. “Siendo la competición por eliminatorias se considerará perdida para el incomparecido o retirado la fase de que se trate, y si se produjese en el partido final éste se disputará entre el otro finalista y el que fue eliminado por el infractor. En cualquier caso el incomparecido o retirado no podrá participar en la próxima edición del torneo”. De hecho el Barcelona fue también privado de poder participar en la edición 2000-2001 de Copa del Rey. Castigo que luego quito Ángel Maria Villar dentro de sus medidas de gracia por su reelección aquel año 2000 como nuevo presidente de la RFEF.

No hay sanción por jugar a puerta cerrada

Si conviene saber que no hay reglamentariamente hablando ninguna consecuencia para el Fútbol Club Barcelona por decidir su disputa a puerta cerrada. El club azulgrana es el titular de su estadio y es competencia suya si decide que la afición entre en el recinto o se quede fuera. Ahora deberá responder ante sus socios por no haber podido disfrutar de este encuentro como de todos aquellos que hayan comprado su entrada para disfrutar del partido. Como también ante la UD Las Palmas por el perjuicio de aquellos aficionados que hubieran adquirido algunas de las entradas que el club azulgrana a disposición del club canario. Quienes lo hayan hecho a titular personal tendrán que pedir explicaciones ante el propio Fútbol Club Barcelona.