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Se activa fase 1 de contingencia ambiental en Cdmx y Edomex: restricciones y qué autos no pueden circular

Este miércoles 22 de mayo se activó la Fase 1 de la contingencia ambiental en el Valle de México, así que te compartimos las recomendaciones a seguir.

MéxicoActualizado a
Se activa fase 1 de contingencia ambiental en Cdmx y Edomex: restricciones y qué autos no pueden circular
Foto: Twitter @Santiago_Arau

La Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que este miércoles 22 de mayo se activó la Fase 1 de la contingencia ambiental en el Valle México, así que te decimos cuáles son las recomendaciones a seguir y las restricciones que se tienen ante esta situación.

Se informó que a las 14:00 horas del día de hoy, se registraron concentraciones máximas de ozono de 158, 157 y 155 ppb en las estaciones de Benito Juárez (BJU), Centro de Ciencias de la Atmósfera (CCA) y Pedregal (PED) respectivamente, ubicadas en las Alcaldías de Benito Juárez, Coyoacán y Álvaro Obregón en la  Ciudad de México.

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Hoy No Circula para el jueves 23 de mayo

Mañana jueves 23 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último  dígito numérico sea  0, 1, 2, 4, 6 y 8.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa  1 y 2
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR
  • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00  horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación  “00″, “0″, “1″ o “2″ que deban dejar de Circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

¿Cuáles son las excepciones?

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00″ o “0″ vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I

¿En qué consiste la Contingencia ambiental?

De acuerdo con información publicada por la Secretaría del Medio Ambiente, se trata de una “situación eventual y transitoria declarada por las autoridades competentes cuando se presenta o se prevé con base en análisis objetivos o en el monitoreo de la contaminación ambiental, una concentración de contaminantes o un riesgo ecológico derivado de actividades humanas o fenómenos naturales que afectan la salud de la población o al ambiente de acuerdo con las normas oficiales mexicanas”.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) estará atenta a la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la Zona Metropolitana del Valle de México e informará en un boletín que se emitirá a las 20:00 horas o antes, en caso de que las condiciones cambien.

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