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SAT: ¿Para qué trámites fiscales anunció la prórroga?

Conoce los trámites fiscales a los que el SAT les dará una prórroga con la finalidad de que los contribuyentes cumplan con su realización; checa la fecha límite.

SAT: ¿Para qué trámites fiscales anunció la prórroga?
Foto: SAT Puebla

El SAT anunció que debido a las diversas complicaciones para la realización de trámites fiscales otorgará un prórroga para todos los contribuyentes con el objetivo de que se pongan al corriente de todas las actualizaciones que entrarán en vigor a partir del próximo año 2023.

¿De cuánto es la prórroga que otorgó el SAT?

Este jueves 14 de julio anunció a través de un comunicado oficial una prórroga para todos los contribuyentes que tiene como fecha límite al 31 de diciembre 2022; lo que quiere decir que durante los próximos meses se tendrán que poner al corriente con la actualización de trámites.

¿Para qué trámites fue otorgada la prórroga?

  • Cancelación de las fracturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores al año 2022
  • Uso de la Factura electrónica 3.3, ya que la obligatoriedad de la sesión 4-0 será a partir del 1 de enero de 2023
  • Contribuyentes que aún no hayan habilitado su buzón tributario
  • Las personas físicas que tributan en el Régimen de Confianza podrán expedir sus factura electrónicas en Factura Fácil y Mi nómina

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que otorgará una segunda prórroga a los contribuyentes que aún no hayan cancelado las facturas electrónicas correspondientes a ejercicios fiscales anteriores a la de 2022.

  • Facturas electrónicas

En este sentido anunció que los contribuyentes que cuenten con el Régimen Simplificado de Confianza podrán realizar sus facturas a través de Factura Fácil y Mi nómina, mismas que ya no requieren de la firma electrónica o un sello digital para su realización. Mientras que todas las personas que se encuentran bajo este régimen deberán contar obligatoriamente con la firma electrónica, expedida antes del 31 de diciembre del presente año.

“Para el caso de la obligatoriedad de la factura electrónica 4.0 y la cancelación de las facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022, se pretende que los contribuyentes tengan un mayor periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas”, señala el comunicado.

  • Buzón Tributario

El SAT explicó que en la prórroga que ha habilitado se encueran los contribuyentes que aún no hayan actualizado el Buzón Tributario, lo que quiere decir que para los próximos meses no se les aplicará una multa económica. ¡Recuerda! El registro del buzón es con un correo electrónico y un número de contacto.

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