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¿Qué es y cómo permanecer en RESICO?: esos son los requisitos que pide el SAT a personas físicas

Conoce todos los requisitos que necesitan cumplir las personas físicas para permanecer en el RESICO del SAT y sus beneficios para 2024.

MÉXICOActualizado a
¿Qué es y cómo permanecer en RESICO?: esos son los requisitos que pide el SAT a personas físicas
Foto: Cuartoscuro

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un comunicado para las personas físicas donde comparte los requisitos que necesitan los contribuyentes para permanecer en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), así como los beneficios que obtendrían este 2024. En AS México te compartimos los detalles.

¿Qué es el RESICO del SAT?

El RESICO del SAT significa “Régimen Simplificado de Confianza” y pueden solicitar personas físicas como morales:

  • Personas Físicas: El Régimen Simplificado de Confianza es una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. El objetivo de este nuevo esquema es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos.
  • Personas Morales: En el Régimen Simplificado de Confianza estarán las personas morales constituidas únicamente por personas físicas que no estén asociados a otras personas morales, cuyos ingresos totales en el año no excedan de 35 millones de pesos.

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¿Cómo permanecer en en RESICO y cuáles son los requisitos?

El Servicio de Administración Tributaria compartió los siguientes requisitos para que las personas físicas puedan seguir en el RESICO:

  • Tener activo el RFC
  • Contar con historial “limpio”; estar al corriente con las obligaciones fiscales de anteriores ejercicios.
  • No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación.
  • Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.
  • Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
  • Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.

¿Cuáles son los beneficios de permanecer en el RESICO?

  • Tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1 a 2.5 por ciento.
  • Cálculo automático de impuestos.
  • Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
  • Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
  • El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
  • Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.

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¿Las personas físicas con residencia en el extranjero pueden entrar al RESICO?

La respuesta es NO. De acuerdo con el comunicado del SAT las personas físicas que radican en el extranjero que cuentan las siguientes características no podrán tributar bajo los términos del RESICO:

  • Que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país.
  • Que cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
  • Que perciban ingresos que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR.
  • Que sean socios o accionistas de personas morales.
  • Que incumplan con los requisitos y obligaciones que se requieren para el RESICO.

¡El Dato! En caso de que los contribuyentes tengan dudas o requieran orientación sobre su situación fiscal pueden comunicarse al número MarcaSAT 55- 627- 22- 728, así como en el “Chat uno a uno” de la página oficial del SAT.

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