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¿Qué es el Título 42 y cuándo vence? Esto debes saber sobre la política migratoria

El Gobierno de México ha reconocido un “flujo importante” de migrantes ante el fin del Título 42 pero, ¿de qué trata esta medida migratoria?

Actualizado a
EFE/ Patricio Banda
PATRICIO BANDAEFE

Estados Unidos confirmó el envío de mil 500 soldados de forma temporal a la frontera con México para el 10 de mayo, como medida ante el término del Título 42 que vence el 11 del mismo mes, una política impuesta por el ex presidente Donald Trump para mantener alejados a los migrantes.

A través del Título 42 se impidió el ingreso de los migrantes a Estados Unidos por la frontera sur, como una de las restricciones derivadas de la pandemia de covid-19, ya que en aquel momento los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) determinaron que la deportación era necesaria para proteger la salud pública.

Diferencia entre una deportación y expulsión bajo Título 42

Quienes fueron expulsados bajo Título 42 no pasaron un proceso legal migratorio de deportación y no tienen ningún caso activo o pendiente ante las autoridades de Estados Unidos. Simplemente fueron expulsados al intentar ingresar al país vía terrestre. La situación es diferente con las deportaciones, pues en estas circunstancias la persona migrante sí puede comparecer ante un tribunal y tiene derecho a contar con un abogado para representarlo en la corte.

Tras una reunión con la asesora de la Casa Blanca para Seguridad Nacional, Elizabeth Sherwood-Randall, Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores, informó que Estados Unidos van a tomar las medidas “en orden a sus disposiciones legales, para mantener lo que está funcionando con Título 42 con otros sistemas legales”, refiriéndose probablemente al Título 8.

Título 8 llega a relevar al Título 42

Con el fin del plazo de esta política, el Gobierno Mexicano reconoció un “flujo importante” de migrantes, pues tienen la idea de que podrán ingresar fácilmente a EEUU pero no es así, ya que se enfrentarán con el Título 8 que reemplazará al Título 42 y también implica deportación inmediata.

En su desesperación por frenar la migración, y sin una pandemia como excusa, el Título 8 permite que los migrantes enfrente consecuencias más severas por cruzar ilegalmente la frontera; los extranjeros sin permiso de residir en EE.UU pueden ser arrestados y procesados para una deportación rápida.

Una persona que es expulsada está sujeta a una prohibición de admisión a Estados Unidos de al menos cinco años y puede enfrentar un proceso penal por cualquier intento posterior de cruzar la frontera ilegalmente. Las personas con órdenes finales de remoción serán removidas”, destacó el DHS como otras de las sanciones.

El canciller mexicano denunció que los “polleros” o “coyotes, personas que se dedican al tráfico de migrantes, cobran hasta 7 mil dólares con la promesa de llevarlos a Estados Unidos y cruzar la frontera ahora que termine la medida:

“Estamos viendo un flujo en los últimos días muy importante sobre la base de un engaño, que es: le dicen a las personas venezolanas, centroamericanas, ‘apúrense para llegar a Estados Unidos cruzando México porque el 11 de mayo van a quitar el Título 42″, señaló.

En la reunión bilateral, el presidente de México y su gabinete solicitaron a Sherwood-Randall una mayor inversión para facilitar caminos legales a los migrantes que tratan de llegar a Estados Unidos cruzando por México, según indicó Marcelo.

¿Cómo solicitar asilo en Estados Unidos?

Sobre el asilo político y las visas humanitarias, Ebrard informó que EUA dijo que se va a mantener el programa de visas humanitarias para haitianos, venezolanos, cubanos y nicaragüenses.

Independientemente de medidas temporales como esta, el derecho internacional al asilo debe ser respetado. Como la frontera sigue cerrada es importante que prepares tu caso. Recuerda que solamente puedes solicitar asilo si huyes de tu país de origen porque te persiguen o temes que te persigan por alguno de los siguientes motivos: tu raza, religión, nacionalidad, tus opiniones políticas (o las opiniones políticas que alguien cree que tienes), tu pertenencia a un determinado grupo social.