Pensión por Cesantía en Edad Avanzada del ISSSTE: Requisitos y cómo tramitarla
Las personas interesadas en tramitar la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada deberán tener 60 años cumplidos y estar cotizando ante el ISSSTE; conoce los requisitos completos.
La Pensión por Cesantía en Edad Avanzada es aquella que esta dirigida exclusivamente a las personas de la tercera edad que han cumplido los 60 años de edad y que cotizan ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en AS México te diremos todos los detalles y cómo tramitarla.
¿Qué es la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada?
Las pensiones de cesantía en edad avanzada o vejez, se otorgan al asegurado que habiendo cumplido sesenta y sesenta y cinco años de edad, cuente con el período mínimo de cotización que prevé la Ley del Seguro Social, haya causado baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social, esté privado de trabajo remunerado y se encuentre vigente en sus derechos.
¿Cuál es el periodo mínimo de cotización ante el ISSSTE?
El periodo mínimo de cotización que prevén los ordenamientos señalados son: 500 semanas de cotización (Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997) y 1,000 semanas de cotización (Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997).
¡El Dato! El asegurado que haya estado inscrito antes del 1 de julio de 1997, podrá elegir entre la aplicación de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 y de la Ley vigente a partir del 1 de julio de 1997. Los asegurados que únicamente tengan cotizaciones a partir del 1 de julio de 1997, no tienen derecho a elección.
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Requisitos para tramitar la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada
Régimen de la Ley del Seguro Social 1973
Régimen de la Ley del Seguro Social 1997
.¡Toma nota! Si la persona interesada no reúne las 1,000 semanas de cotización y habiendo cumplido sesenta años, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para el otorgamiento de la pensión. En este caso, si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta semanas tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
¿Qué documentos se deben presentar para tramitarla?
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