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Himno Nacional Mexicano: Cuáles son las estrofas prohibidas y cuál es la multa económica

Consulta la multa económica que dicta la Ley por replicar las estrofas prohibidas del Himno Nacional Mexicano.

Foto: Especial

El Himno Nacional Mexicano es uno de los tres símbolos patrios que establece la ley; los otros dos son el escudo y la bandera. Durante este mes de septiembre los símbolos están muy presentes en cada parte del país debido a las fiestas patrias, pues son parte de la historia e identidad de cada uno de sus habitantes, sin embargo, hacer mal uso de cada uno de ellos amerita una multa.

¡El Dato! El Himno Nacional, no sólo es uno de los tres símbolos patrios que le dan identidad a los mexicanos, también a nivel internacional es considerado como uno de los más bonitos y representativos, ya que en cada una de sus estrofas se describe una parte de la historia del país azteca.

¿Sabías qué? El Himno Nacional Mexicano cuenta con algunas estrofas que no se cantan en las ceremonias escolares, debido a que fueron prohibidas por las autoridades desde hace muchas décadas atrás, mismas que no se deben cantar o de lo contrario tendrás que pagar una multa económica.

Las modificaciones del Himno Nacional Mexicano

A lo largo de la historia, el Himno Nacional Mexicano ha tenido múltiples modificaciones, motivo por el cual algunas persona no conocen con exactitud el texto original o los cambios que se han realizado desde 1954. Es importante destacar que la composición de Francisco González Bocanegra es considerada la original, y conforme fueron pasando los cambios de poder se modificaron sus estrofas.

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La composición del Himno Nacional Mexicano, escrito por Francisco González Bocanegra cuenta con 10 estrofas, mismas que fueron aprobadas a través de un decreto el 20 de octubre de 1943, durante la administración de Manuel Ávila Camacho y desde entonces se estableció como la versión original.

Antes de su publicación original y aprobación por decreto el Himno Nacional Mexicano contaba con unas estrofas que hacían referencia a Santa Anna, mismas que fueron eliminadas de la versión debido a que no hablaban bien de él, también fueron suprimidas las estrofas que hacían referencia a Agustín de Iturbide, por la misma razón.

Foto: Especial

En total se quitaron las estrofas IV y VII del Himno Nacional Mexicano, a continuación te diremos cuáles son las estrofas prohibidas y que por ningún motivo pueden ser replicadas porque cuentan con multas económicas.

Estrofas prohibidas del Himno Nacional Mexicano

  • Estrofa II

¡GuerrAa ¡Guerra sin tregua al que intente

de la patria manchar los blasones!

¡Guerra, guerra! Los patrios pendones

en las olas de sangre empapad.

¡Guerra, guerra! En el monte, en el valle

los cañones horrísonos truenen

y los ecos sonoros resuenen

con las voces de ¡Unión! ¡Libertad!

  • Estrofa III

Antes patria, que inermes tus hijos

bajo el yugo su cuello dobleguen,

tus campiñas con sangre se rieguen,

sobre sangre se estampe su pie.

Y tus templos, palacios y torres

se derrumben con hórrido estruendo,

y sus ruinas existan diciendo:

de mil héroes la patria aquí fue.

  • Estrofa que habla de Santa Anna

Del guerrero inmortal de Zempoala

Te defiende la espada terrible,

Y sostiene su brazo invencible

tu sagrado pendón tricolor.

¡El será del feliz mexicano!

en la paz y en la guerra el caudillo,

porque él supo sus armas de brillo

circundar en los campos de honor.

¡Circundar en los campos de honor!

  • Estrofa que habla de Iturbide

Si a la lid contra hueste enemiga

Nos convoca la trompa guerrera

De Iturbide la sacra bandera

¡Mexicanos! valientes seguid.

Y a los fieros bridones les sirvan

Las vencidas hazañas de alfombra;

Los laureles del triunfo den sombra

A la frente del bravo Adalid.

¿Cuál es la sanción económica por entonar las estrofas prohibidas del Himno Nacional?

En la Ley Sobre El Escudo, La Bandera y el Himno Nacionales se destaca que el uso indebido de cualquiera de los tres símbolos patrios, así como la reproducción de las estrofas prohibidas del Himno Nacional son consideradas como una falta administrativa, y tienen como sanción o multa económica hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

El valor del Unidad de Medida y Actualización (UMA), tiene un valor de 96.22 pesos diarios, de acuerdo con las última actualización de febrero de 2022 por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Tomando en cuenta lo anterior la multa total rondaría los 900 mil pesos.

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