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Doble Hoy No Circula, 21 de mayo: qué autos no circulan y multas

Debido al Doble Hoy No Circula, este sábado no podrán transitar varios vehículos. Te decimos cuáles son las multas por no respetar esta medida.

Cuartoscuro

El Doble Hoy No Circula esta activado para este sábado 21 de mayo, debido a que la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAME) activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México por las altas concentraciones de ozono en Cuajimalpa y Santa Fe, ambas de la Alcaldía Cuajimalpa de Morelos.

A continuación, te diremos qué autos no deberán salir de casa para este sábado 21 de mayo por la medida del Doble Hoy No Circula y las restricciones que han sido activadas.

¿Qué autos no podrán circular este 21 de mayo?

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00″, engomado amarillo, terminación de placa 5 y 6 .
  • Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  • Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación “1″ o “2″ que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Multas por no respetar el Doble Hoy No Circula

Los automovilistas que no respeten el Doble Hoy No Circula y se salten la ley se verán acreedores a una multa económica que corresponde a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que quiere decir, que se tendrá que pagar entre los mil 924 pesos a los 2 mil 886 pesos mexicanos para aquellos que radiquen en la Ciudad de México. Los infractores que vivan en el Estado de México tendrán que pagar por multa mil 460 pesos con 80 centavos mexicanos.

En el Artículo 47 del Reglamento de Tránsito se menciona que los vehículos que sean llevados al deposito vehicular o como coloquialmente se le conoce ‘corralón’, deberán pagar una multa extra de 788 pesos y 82 pesos al día por cobro de piso. Sin embargo, deberás saber que las tarifas de multa dependen del tipo de auto que se porte.

¿Qué autos quedan exentos de las restricciones?

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00″ o “0″ cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color amarillo, terminación de placa 5 y 6.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
  • Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

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