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Doble Hoy No Circula, 21 de mayo: qué carros están exentos y quién puede circular

La CAMe dio a conocer qué vehículos del sector transporte no podrán circular, y los que sí el sábado 21 de mayo. Aquí te informamos.

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Contingencia ambiental CDMX: autos que no podrán circular este sábado
Cuartoscuro

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó la Fase 1 de contingencia ambiental por ozono en el Valle de México, por lo que algunos automóviles no podrán circular de 5:00 de la mañana hasta las 22:00 horas. En caso de que todavía no sepas cuáles son, ¡no te preocupes!, pues nosotros te lo diremos.

La CAMe informó en su corte de las 15:00 horas que, debido a concentraciones máximas de ozono, que superaron los 154 ppb en las estaciones de monitoreo Cuajimalpa (160 ppb) y Santa Fe (157 ppb), ambas de la Alcaldía Cuajimalpa de Morelos, se había activado contingencia ambiental.

Con el objetivo de disminuir el aire contaminado, el riesgo a la salud, la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana, dio a conocer los autos que no podrán circular este sábado 21 de mayo.

Automóviles que no podrán circular en el sector transporte

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00″, engomado amarillo, terminación de placa 5 y 6.
  • Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  • Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación “1″ o “2″ que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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Mientras tanto, la CAMe señaló que sí podrán circular este sábado 21 de mayo de 2022 los siguientes vehículos:

Vehículos que sí podrán circular

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00″ o “0″ cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color amarillo, terminación de placa 5 y 6.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
  • Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.