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Carta Porte del SAT: hasta cuándo se amplió el trámite y cómo hacerlo

La prórroga del SAT para realizar el la factura CFDI con Carta Porte fue extendida hasta el 31 de julio del 2023; checa cómo realizarla paso a paso.

MÉXICOActualizado a
Carta Porte del SAT: hasta cuándo se amplió el trámite y cómo hacerlo
Foto: Especial

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció recientemente que extenderá el plazo para que los contribuyentes se familiaricen con la Carta Porte y entiendan cómo es que se debe realizar su aplicación, en AS México te resolveremos las dudas más comunes y la fecha exacta de la nueva prórroga que ha dado la dependencia.

¿Qué es la Carta Porte?

La Carta Porte es un documento digital que acredita la propiedad y la legal estancia de bienes o mercancía que se trasladas al territorio azteca; su marco regulatorio no es nuevo, sin embargo, el SAT ha establecido que pronto será obligatorio su uso en versión digital como complemento CFDI para el traslado de mercancías o bienes.

Beneficios de la Carta Porte

  • Identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
  • Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
  • Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
  • Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
  • Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.
  • Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

¿Qué contribuyentes están obligados a emitir la factura electrónica CFDI con complemento Carta Porte?

  • Las empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías utilizando sus vehículos, deberán emitir una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.
  • Si eres dueño de los vehículos y de los bienes y/o mercancías que se transportan en ellos, debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte.
  • El intermediario o agente de transporte, que preste servicios de logística para el traslado de los bienes y/o mercancías, o tenga mandato para actuar por cuenta del cliente, debe emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte cuando el traslado lo realice por medios propios. En caso de que este no lo haga con sus propios vehículos y contrate el servicio con un tercero este último será el obligado a emitir la factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.

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¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte?

  • Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente, otorgado por la SCT.
  • El cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías.
  • Debes solicitar al cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.
  • Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
  • Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente.
  • La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.
  • Entrega los bienes o mercancías en el destino acordado y finaliza el servicio.

¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte?

  • El propietario, intermediario o agente de transporte, requiere trasladar bienes o mercancías.
  • Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
  • Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.
  • La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.
  • Llega al, o los destinos indicados y finaliza el traslado.

¿Hasta cuándo se amplió la prórroga de la Carta Porte del SAT?

El Servicio de Administración Tributaria informó que para facilitar la emisión del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte, se extenderá una prórroga hasta el 31 de julio de 2023 la aplicación de las sanciones derivadas de los requisitos en el llenado del referido complemento.

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