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2 de noviembre: ¿cuándo es el próximo festivo del calendario y el siguiente puente en México en 2022?

El próximo 21 de noviembre del 2022, es considerado por la Ley Federal del Trabajo como un día festivo para los trabajadores en México.

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2 de noviembre: ¿cuándo es el próximo festivo del calendario y el siguiente puente en México en 2022?
Foto: Especial

Ya inició el mes de noviembre y faltan pocas semanas para que finalicé el año 2022, ante ello, estudiantes y trabajadores se preguntan qué días serán los próximos festivos, descansos o fines de semana largo, en AS México te compartiremos las próximas fechas oficiales para que no los olvides.

¿Cuáles son los próximos días festivos para los alumnos?

El calendario escolar de la SEP se señala que para este mes de noviembre se tienen programados cuatro días de descanso para los estudiantes de preescolar, primaria y secundaria con motivo de untas administrativas, aniversarios históricos y el Día de Muertos, a continuación te dejamos las fechas exactas:

  • 2 de noviembre: Día de Muertos.
  • 18 noviembre: Junta administrativa
  • 21 noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana
  • 25 de noviembre: Junta del Consejo Técnico Escolar.

Es importante destacar que para este mes de noviembre se registra en los primeros días un megapuente, mismo que comenzó desde el pasado viernes 28 de octubre y finalizará el jueves 3 del penúltimo mes del año, día en que las alumnos deberán regresar a sus aulas educativas para continuar con sus estudios.

Los días 18 y 25 de noviembre corresponden a dos fines de semana largos porque conectan con sábado y domingo, así que ve preparando desde un mes antes tus planes familiares, de amistad u otra actividad.

Calendario escolar SEP 2022-2023

  • 16 de septiembre: Día de la Independencia de México.
  • 28 de octubre: Junta del Consejo Técnico Escolar
  • 2 de noviembre: Día de Muertos.
  • 18 noviembre: Junta administrativa
  • 21 noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana
  • 25 de noviembre: Junta del Consejo Técnico Escolar
  • 27 de enero 2023: Junta del Consejo Técnico Escolar
  • 6 de febrero 2023: Suspensión de labores
  • 17 de marzo 2023: Junta administrativa, será un megapuente que va del 17 al 20 del mes
  • 28 de abril 2023: Junta del Consejo Técnico Escolar
  • 1 de mayo 2023: Día del Trabajo, segundo megapuente
  • 5 de mayo 2023: Batalla de Puebla
  • 15 de mayo 2023: Día del Maestro
  • 26 de mayo 2023: Junta del Consejo Técnico Escolar
  • 30 de junio 2023: Junta del Consejo Técnico Escolar

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¿Cuáles son los próximos días feriados para empleados?

La próxima fecha considerada como día feriado oficial por la Ley Federal del Trabajo esta programada para el lunes 21 de noviembre con motivo de la conmemoración del 20 de noviembre, día de la Revolución Mexicana, y posteriormente el siguiente día será en el mes de diciembre, específicamente el 25 por la Navidad y Nochebuena, festividad decembrina que augura el fin de este 2022.

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Foto: EFE

Calendario completo de días feriados obligatorios para los trabajadores en México 2022

  • Lunes 7 de febrero: conmemoración del 5 de febrero, día de la Constitución Mexicana
  • Lunes 21 de marzo: natalicio de Benito Juárez
  • Domingo 1 de mayo: día del trabajo
  • Viernes 16 de septiembre: Independencia de México
  • Lunes 21 de noviembre: conmemoración del 20 de noviembre, día de la Revolución Mexicana
  • Domingo 25 de diciembre: Navidad

¿Qué pasa si los trabajadores son solicitados para laborar en días de descanso obligatorio?

Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.

¡Recuerda! El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo dice que: “Las y los trabajadores tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

En caso de que el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, la o el patrón deberá de cubrirle al trabajador el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala: Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo, es decir que los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical.

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