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Consulta Popular: cuál es la pregunta y cuándo se darán a conocer los resultados 

La participación total en la Consulta Popular tiene que ser del el 40% de los ciudadanos y ciudadanas inscritos/as en la Lista Nominal de Electores.

Ciudad de MéxicoActualizado a
Consulta Popular: cuál es la pregunta y cuándo se darán a conocer los resultados 

La Consulta Popular es un mecanismo directo de participación en el que la ciudadanía aprueba o rechaza una o varias propuestas planteadas con anterioridad sobre temas de interés público y pretende que la ciudadanía muestre su aprobación o rechazo a que, con apego al marco legal, sean llevadas acciones para el esclarecimiento de decisiones políticas tomadas en el pasado.

La pregunta que la ciudadanía tendrá que responder para emitir su voto en la Consulta Popular del próximo 1 de agosto es:

¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?

La papeleta contendrá una breve descripción del tema, la pregunta aprobada en la convocatoria emitida por el Congreso de la Unión, cuadros para votar “Sí” o “No”, la entidad, distrito y municipio o alcaldía donde se emite el voto, así como las firmas del Presidente del Consejo General del INE y de su Secretario Ejecutivo.

Los resultados de la Consulta Popular serán obtenidos de los cómputos realizados por las Juntas Distritales del INE. Le corresponde al Consejo General del Instituto realizar el cómputo total y hacer la declaratoria de resultados y validez de la Consulta Popular. El Consejo General es también el encargado de dar a conocer los resultados finales de la Consulta Popular e informar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los resultados serán vinculatorios para los poderes Legislativo y Ejecutivo federales cuando el INE indique que la participación total en la Consulta Popular sea de, al menos, el 40% de los ciudadanos y ciudadanas inscritos/as en la Lista Nominal de Electores.

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