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TRÁMITES

Si no trabajas y estás dado de alta en el SAT tendrás bloqueadas algunas funciones importantes

Los contribuyentes inscritos en el SAT que no tienen trabajo ni generan ingresos deberán cambiar de régimen o sacar un aviso de suspensión de actividades.

MÉXICO
Si no trabajas y estás dado de alta en el SAT tendrás bloqueadas algunas funciones importantes
Foto: Cuartoscuro

Las personas que actualmente no tienen un trabajo ni tampoco se encuentras generando ingresos, pero sí están dados de alta ante el SAT tienen que saber que para evitar problemas con el fisco deberán realizar una serie de cosas para salir librados, además de tener bloqueadas algunas funciones relevantes.

En AS México te contamos que los contribuyentes que hayan interrumpido sus actividades laborales pero se encuentran inscritos ante el Sistema de Administración Tributaria deberán presentar un “aviso de suspensión de actividades” para que se actualice su RFC y el régimen con el que tributan.

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Aquellas personas que hayan cambiado de residencia fuera de México y no generen ingresos, también tendrán que solicitar su “aviso de suspensión de actividades” en un periodo no mayor a dos meses.

¿Cómo solicitar el aviso de suspensión de actividades?

  • Ingresar a la página oficial del SAT; puedes acceder este este ENLACE.
  • Ve al apartado “Trámites del RFC
  • En el menú da clic en “Actualización en el RFC
  • Inmediatamente podrá ver la sección “Presenta tu aviso de suspensión de actividades como persona física”, da clic.
  • El sistema te pedirá acceder con tu RFC y contraseña
  • Después de unos minutos el sistema te compartirá un formulario que tendrás que llenar y revisar detenidamente que tu información personal sea correcta.
  • Imprime el “acuse de movimientos de actualización de situación fiscal”
  • Listo de una forma sencilla habrás generado el “aviso de suspensión de actividades”.

Al realizar los pasos anteriores quedará bloqueada la función de presentar declaraciones fiscales, toda vez, que al no generar ingresos no existe algo con el que se te este evaluando. La otra opción que recomienda el SAT es cambiar su régimen fiscal a “sin obligaciones fiscales” y automáticamente el sistema registrará que por el momento no generas nada monetariamente por alguna actividad laboral.

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