Si le sale devolución en la declaración del SAT y no le ha llegado de manera automática es por estos motivos
El SAT ha especificado los casos en los que aplica la devolución automática y las situaciones en las que los contribuyentes deberán seguir un proceso diferente.

Las personas físicas deben realizar su declaración anual del ejercicio 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria durante el mes de abril. Es importante destacar que aunque el contribuyente obtenga un saldo a favor, esto no garantiza que la devolución sea automática, ya que existen ciertos requisitos y limitaciones que deben considerarse.
Para acceder a la devolución automática, el trámite debe completarse a más tardar el 31 de julio de 2025. Esta modalidad aplica cuando el saldo a favor es igual o menor a 10,000 pesos usando contraseña del SAT.

Cuando el monto es mayor a 10,000 pero no excede los 150,000 pesos, siempre que se utilice una cuenta CLABE precargada; o cuando se accede con e-firma y el saldo supera los 10,000 pesos, capturando una nueva cuenta CLABE.
Existen situaciones donde la devolución automática no aplica, como cuando el saldo a favor supera los 150,000 pesos, si se obtuvieron ingresos por bienes o negocios en copropiedad o sociedad conyugal, si el contribuyente estuvo suspendido en el RFC durante todo el ejercicio, si está registrado como “no localizado” en su domicilio fiscal (excepto asalariados), si la solicitud no corresponde al ejercicio 2024, o si se presenta la declaración con contraseña cuando se requiere e-firma.
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Otros casos donde no procede la devolución automática incluyen: presentar solicitud vía Formato Electrónico de Devoluciones antes de obtener el resultado de la declaración, no elegir la opción “Devolución”, presentar la declaración después, tener revocados certificados de sellos o firmas digitales, o encontrarse en la relación de contribuyentes incumplidos publicada por el SAT.

Respecto a los tiempos de devolución, estos varían según cada caso: si se tiene derecho a devolución automática, el depósito puede recibirse en aproximadamente 12 días hábiles posteriores a la presentación de la declaración.
´Para asalariados sin inconsistencias, el plazo se reduce a unos 5 días hábiles; mientras que para solicitudes manuales (cuando no aplica la devolución automática), el SAT dispone de hasta 40 días hábiles para realizar el depósito correspondiente.
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