W Deportes
NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

ECONOMÍA

SAT 2023: Qué trámites hay que presentar en febrero y hasta cuándo hacerlo

A continuación, te explicamos cuáles son los trámites que debes realizar este mes de febrero en el SAT, así que toma nota y sigue los pasos.

Lorna Huitrón
MéxicoActualizado a
SAT 2023: Qué trámites hay que presentar en febrero y hasta cuándo hacerlo
Foto: Cuartoscuro

Ya concluyó el primer mes del año y aún no sabes qué trámites se deben realizar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por ello, te contamos los que aún puedes realizar para estar al día y sin problemas con el SAT (Sistema de Administración Tributaria).

Cuando escuchamos la palabra Hacienda o SAT, inmediatamente nos viene a la cabeza: ¿Qué debo hacer? ¿Cuánto dinero debo pagar?, ¿En dónde puedo checar? o ¿A dónde debo acudir?

¿Qué es una persona física?

Antes que nada te explicaremos qué es una Persona Física; de acuerdo con el portal del SAT, es un individuo que realiza cualquier actividad económica, ya sea vendedor, comerciante, empleado, profesionista, el cual tiene derechos y obligaciones. Por ello, una de las obligaciones es presentar su declaración mensual.

¿Cómo puedo presentar mi declaración anual?

Lo primero es ingresar a la página del SAT, en el apartado de Declaraciones con tu RFC y contraseña o e.firma y te irá pidiendo que llenes los campos, aunque a veces ya información precargada según el régimen, tienes que poner el total de tus ingresos del mes, menos tus gastos estrictamente indispensables para tu actividad económica.

Una vez que terminas hay que darle enviar y según el régimen igual tienes que firmar electrónicamente o no. Para que así obtener el acuse de recibo de la declaración o la línea de captura para el pago correspondiente, sea el caso.

Te puede interesar: Paso a paso para tramitar la Constancia de Situación Fiscal del SAT

¿Cuándo se presentan las declaraciones mensuales?

A más tardar el día 17 del mes inmediato posterior, en este caso febrero, o a más tardar el día que a continuación se señala, considerando el sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Por ejemplo, si el RFC es HUML850312AB5, el sexto dígito es el 2, por lo que la declaración la puede realizar el día 17 más un día hábil; cuando es 3 y 4, tendrá dos días hábiles más a partir del 17; para el 5 y 6, tres días hábiles más; para el 7 y 8, cuatro días hábiles más y para el 9 y 0, cinco días hábiles más.

Otro trámite que se puede realizar es la actualización del Registro Federal de Contribuyentes. Para realizarlo en línea, lo primero es ingresar al Portal del SAT y seleccionar la modalidad de Persona, continuar con el apartado Trámites del RFC, expande el menú de Actualización en el RFC, enseguida dar clic en la opción ‘Presenta tu aviso’ de reanudación de actividades como persona física.

Para este trámite, el contribuyente deberá presentar dentro de este mes de febrero, en que se dé la situación que lo motive. También cuando se mude de residencia fiscal, al momento del cambio y con no más de dos meses de anticipación.

También puedes acudir a la oficina de tu preferencia del SAT con la documentación del trámite y ahí entregar la documentación requerida y proporcionar la información que solicite el asesor fiscal, para así recibir acuse de movimientos de actualización de situación fiscal.

Recuerda que todos los trámites son gratuitos, ya sea en el Portal del SAT o en las 55 oficinas ubicadas en diversas ciudades de la República Mexicana en donde encontrarás asesoría y orientación personalizada.