POLÍTICA

¿Qué es la Ley Amparo, aprobada por la Cámara de Diputados? Así quedan los cambios

Legisladores de la Cámara de Diputados aprueban en lo general y particular la Ley de Amparo; para al Ejecutivo Federal para su publicación en el DOF.

MÉXICO
Foto: Cámara de Diputados

La Ley Amparo ha sido aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados en lo general y particular con votos de Morena y sus aliados. En AS México te contamos de qué se trata y cuáles fueron los cambios que se realizaron.

Diputados aprueban la Ley de Amparo

Legisladores de la Cámara de Diputados aprobaron en lo general la Ley de Amparo con 258 votos en favor y 213 en contra; la reforma también fue aprobada en lo general con 254 votos a favor y 204 en contra. El dictamen fue enviado al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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Tras la aprobación de la Ley de Amparo, las y los legisladores ahora discuten la Ley de Amnistía que otorgaría al Presidente de México la facultad de darle la libertad a cualquier delincuente o persona que haga realizado algún delito.

¿Qué es la Ley de Amparo?

La Ley de Amparo tiene el objetivo de quitarle la facultad a los jueces para suspender leyes de forma provisional y definitiva impugnadas mediante esta misma ley. La iniciativa de reforma fue planteada por el senador y coordinador de Morena Ricardo Monreal con la finalidad de que el Poder Judicial respete al Poder Legislativo.

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De esta forma los jueces jurisdiccionales ya no tendrán la facultad para la suspensión de leyes generales realizadas o reclamadas en juicios de amparo, ni suspender obras públicas; asimismo modifica los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 en materia de suspensión del acto reclamado.

¿Cómo quedan los cambios en la Ley de Amparo?

  • Se eliminó el último párrafo de la fracción XIII del artículo 129:

Dice: “El órgano jurisdiccional de amparo excepcionalmente podrá conceder la suspensión, aún cuando se trate de los casos previstos en este artículo, si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pueda causarse mayor afectación al interés social”. Es decir, que los jueces tendrán la dificultad de otorgar suspensiones provisionales a obras.

  • Se le agregó un párrafo al artículo 148:

Queda así: “Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso la suspensiones que dicten fijarán efectos generales”.

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