¿Pueden cortarte Internet si no tienes CURP biométrica? Esto dice la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión
El Senado aprobó una nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión que modifica los requisitos para contratar servicios.

El Senado de la República aprobó una nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la cual representa un cambio profundo en la regulación del sector.
Esta legislación introduce medidas más estrictas para los usuarios, fortalece el control gubernamental sobre la infraestructura digital y elimina a los órganos reguladores independientes como el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

La CURP, requisito obligatorio para tener acceso a internet
Entre los puntos más polémicos destaca la obligatoriedad de presentar la CURP para contratar servicios de internet. Mientras las personas físicas deberán entregar su Clave Única de Registro de Población (CURP), las personas morales deberán presentar su RFC.
Geolocalización sin orden judicial
Otra medida que ha encendido alarmas es la autorización para geolocalizar en tiempo real cualquier dispositivo móvil sin necesidad de una orden judicial. Las autoridades podrán solicitar dicha información con fines de seguridad o procuración de justicia, lo que ha sido calificado por diversos sectores como un paso hacia un Estado de vigilancia.
Además, la nueva norma obliga a las empresas proveedoras de internet a conservar los datos de sus usuarios por un periodo de dos años y entregarlos a las autoridades en un plazo máximo de 24 horas si así se solicita. Estas acciones, aunque justificadas en nombre de la seguridad, han sido ampliamente criticadas por organismos de derechos digitales.

Eliminación del IFT
Uno de los cambios estructurales más relevantes es la eliminación del IFT, que será sustituido por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. También se crea la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, compuesta por cinco comisionados designados por el Ejecutivo y ratificados por el Senado, lo que cuestiona la autonomía del nuevo organismo.
Restricciones a propaganda
La ley también restringe la transmisión de propaganda política o gubernamental extranjera en medios de comunicación mexicanos, salvo contenidos culturales, turísticos o deportivos. Las empresas que incumplan esta disposición podrán ser sancionadas con multas de hasta el 5% de sus ingresos.
En contraste, la legislación incluye un enfoque social al establecer el compromiso de ampliar el acceso a internet en zonas marginadas, con el objetivo de beneficiar a más de 15 millones de personas en todo el país.

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