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Inicia Veda Electoral en México por Elecciones Judiciales 2025 y esta es la multa por incumplir

Inicia la cuenta regresiva para las elecciones judiciales y se pone en marcha la veda electoral este 29 de mayo.

Foto: INE
Es periodista mexicana egresada por la Escuela de Periodismo Carlos Septién García (EPCSG) donde también cursó la maestría en Periodismo Político. Desde el 2021 es editora de las secciones Actualidad y Tikitakas en Diario AS México.
México Actualizado a

Faltan muy pocos días para que los mexicanos participen por primera vez en las elecciones extraordinarias para elegir al Poder Judicial Federal y Local, donde 881 cargos a magistrados, jueces y ministros están en juego. En AS México conoce cuándo entra en vigor la veda electoral y las multas a las que te atienes por infringirla.

¿Qué es la veda electoral de México?

En el artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del INE se establece que la veda electoral es un periodo de tres días en el que los partidos políticos y sus candidatas y candidatos están obligados a frenar todos sus actos de campaña, propaganda o proselitismo con la intención de influir en el electorado.

Durante los tres días que duran la veda electoral la ciudadanía puede tener un tiempo para pensar de manera informada sobre la decisión de su voto y saber por cual candidato o candidata votar.

Mario Guerrero y Yeseline Trejo

Fecha exacta en que inicia la veda electoral 2025 en México

Las campañas de los aspirantes a magistrados, jueces y ministros iniciaron el pasado 30 de marzo y finalizan el jueves 28 de junio del 2025, con ello, la veda electoral entra en vigor a partir de las 00:00 horas del jueves 29 de mayo y finalizará el próximo sábado 31 de mayo a las 12:00 horas, de tal forma, que tal como se estipula en la constitución tendrá una duración de tres días antes de que se celebren los comicios.

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Previo a este periodo, hay un tiempo para el retiro de la propagando electora, de acuerdo con el artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la suspensión de la propaganda durante los procesos electorales debe realizarse tres días antes del día de la elección.

En el artículo 210 se establece:

  • Propaganda electoral en postes, bardas y vías públicas - debe retirarse tres días antes de la jornada electoral.
  • Propaganda el vía pública - debe retirarse en los siete días posteriores a la jornada electoral.

¿Qué esta prohibido hacer durante la veda electoral?

En el artículo 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se establece que durante la veda electoral se prohíbe la difusión de actos públicos de campaña, así como:

  • Actos de campaña y prolitismo electoral.
  • Todo tipo de propaganda electoral.
  • Propaganda gubernamental (excepto campañas de servicios educativos, de salud y protección civil).
  • Difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.
  • Publicación o difundir resultados de encuestas o sondeos acerca de las preferencias electorales.

Esta es la multa por incumplir la veda electoral en México

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La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales del INE y los órganos estatales señalan que los candidatos, partidos políticos o ciudadanos que infrinjan la veda electoral se verán afectados con: sanciones, amonestaciones, retiro de propaganda, multas, suspensiones y hasta la cancelación del registro, así como seis años de cárcel.

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