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Doble Hoy No Circula por contingencia ambiental: multas y restricciones a los que circulen

¡Tómalo en cuenta! Consulta las multas económicas y restricciones del Doble Hoy No Circula, activado por contingencia ambiental en el Valle de México.

Victoria Valtierra/Cuartoscuro

Por mala calidad del aire en el Valle de México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came) anunció que fue activada la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono con la finalidad de disminuir los índices contaminantes. La dependencia instó a la ciudadanía a no exponerse a las concentraciones de ozono.

Al activarse la contingencia ambiental, también se hace presente el Doble Hoy No Circula que aplica especialmente para los autos particulares que circulan en el Valle de México. En caso de que los automovilistas se quieran saltar las restricciones y hacer caso omiso a las recomendaciones en pro del medio ambiente las autoridades tienen una serie de estipulaciones y multas para los infractores.

Multas por Doble Hoy No Circula

Los automovilistas que no respeten el Doble Hoy No Circula y se salten la ley se verán acreedores a una multa económica que corresponde a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que quiere decir, que se tendrá que pagar entre los mil 924 pesos a los 2 mil 886 pesos mexicanos para aquellos que radiquen en la Ciudad de México. Los infractores que vivan en el Estado de México tendrán que pagar por multa mil 460 pesos con 80 centavos mexicanos.

En el Artículo 47 del Reglamento de Tránsito se menciona que los vehículos que sean llevados al deposito vehicular o como coloquialmente se le conoce ‘corralón’, deberán pagar una multa extra de 788 pesos y 82 pesos al día por cobro de piso. Sin embargo, deberás saber que las tarifas de multa dependen del tipo de auto que se porte.

¿Qué autos deberán guardarse por Doble Hoy No Circula?

A continuación te compartimos el listado de autos que no deberán salir a las calles y tendrán que guardarse por la activación del Doble Hoy No Circula para este miércoles 8 de junio, de lo contrario se verán acreedores a una multa económica en caso de infringir la ley y de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Tránsito.

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00″, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4 .
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2″.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  • Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación “1″ o “2″ que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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