Atención el SAT avisa que multará con 11 mil pesos a quienes no activen el Buzón Tributario; así puedes salvarte
El SAT avisa que multará a todos los contribuyentes con 11 mil pesos por no activar el buzón tributario; te enseñamos cómo habilitarlo.
El SAT (Sistema de Administración Tributaria) advirtió a los contribuyentes que para el año 2025 serán multados con 11 mil pesos todos aquellos que no activen su buzón tributario antes del 31 de diciembre del 2024, en AS México te decimos paso a paso cómo habilitarlo para salvarte de la cuantiosa sanción.
El SAT avisa que en el Código Fiscal de la Federación (CFF) que los contribuyentes que no activen el buzón tributario deberán pagar una multa que va desde los 3 mil 850 pesos a los 11 mil 540 pesos. Además, hace una advertencia muy clara a los usuarios, pues quienes proporcionen información falsa recibirán una sanción extra.
¿Qué es y para qué sirve el Buzón Tributario del SAT?
El buzón tributario del SAT fue habilitado en la página oficial para fungir como canal de comunicación directo entre el Sistema de Administración Tributaria y los contribuyentes, con la finalidad de reducir tiempos y a través de una notificación digital reciban los actos administrativos o cualquier tipo de mensaje urgente, necesario u especial, de una manera más rápida, eficiente y segura.
Permite que sea una herramienta funcional para ambas partes, cumpliendo los principales objetivos como son las obligaciones fiscales, evitando así multas económicas.
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¡Sálvate! Paso a paso para activar el Buzón Tributario
¿Quiénes están obligados a activar el Buzón Tributario del SAT?
El Sistema de Administración Tributaria señala que todos los usuarios inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deberán habilitar obligatoriamente el buzón tributario; los únicos que pueden no hacerlo son aquellos que son “Personas físicas y morales” y que tengan el RFC con situación fiscal “cancelada”, así como aquellas “Personas físicas” sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o que tengan el régimen “asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales” menores a 400 mil pesos.
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