Adiós a los impuestos: si cobras menos de esta cantidad el SAT no los cobrará en tu aguinaldo
Trabajadores que reciban menos de 3 mil pesos del pago de aguinaldo no pagarán impuestos al SAT.


Las prestaciones más esperadas por los mexicanos son las utilidades en el mes de mayo y el pago del aguinaldo que se entrega en diciembre de cada año, de acuerdo al cumplimiento con la Ley Federal del Trabajo (LFT). Este segundo cobro sólo beneficia a aquellos trabajadores que se rigen con la formalidad laboral y no aplica para quienes están trabajando por honorarios u otros regímenes. El SAT afirma que cobrará un impuesto a quienes reciban más monto de aguinaldo, en AS México te contamos todos los detalles.
¿A quiénes les cobrarán impuestos en su aguinaldo?
El Sistema de Administración Tributaria (SAT) informa que los contribuyentes que reciban un pago de aguinaldo mayor a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) les aplicarán el impuesto por ISR, para este 2025 un UMA equivale a $113.14 pesos. Entonces, si un trabajador recibe más de $3,394.2 pesos del pago de aguinaldo, su excedente estará sujeto al gravado.
Ejemplo: Si recibes la cantidad de 5 mil pesos del pago de aguinaldo, $3,394.2 estarán libres del ISR mientras que el restante $1,605.8 tienen que ser declarados obligatoriamente ante el SAT. Es importante destacar que el monto declarado variará y dependerá del pago total que le otorguen a cada empleado, no es igual para todos.
¿Quiénes no recibirán el impuesto de ISR?
Los trabajadores que obtengan un pago menor a 3 mil 394.2 pesos quedarán exentos del impuesto sobre la renta (ISR) que aplicará el SAT.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta señala que los contribuyentes obligados a pagar el ISR son:
- Las personas físicas que vivan y laboren formalmente en México.
- Empresas que operen en México.
- Personas residentes en el extranjero que obtengan ingresos de negocios situados en México.
En general, el ISR siempre se descontará a excepción de herencias y donaciones.
El SAT podrá realizarte una auditoría
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El SAT recientemente confirmó que realizará auditorías a personas físicas y morales con criterios de riesgosos, inconsistencias, y perfiles de evasión fiscal. Se aplicarán a partir del ejercicio fiscal 2026 e iniciará con más de 16 mil contribuyentes centrándose en empresas grandes, medianas y pequeñas. Podría auditar a:
- Factureras o nomineras
- A quienes presentan pérdidas fiscales recurrentes
- A quienes simulen o abusen de deducciones
- Quienes tengan ingresos no declarados
- Quienes abusen de estímulos fiscales
- Quienes registren tasas de impuestos baja
- Quienes tengan inconsistencias fiscales
- Quienes realicen operaciones con paraísos fiscales
- Quienes soliciten devoluciones improcedentes
#ComunicadoSAT
— SATMX (@SATMX) October 20, 2025
El SAT da a conocer los criterios de programación de auditorías como una práctica de transparencia proactiva, para establecer piso parejo en el cobro de las contribuciones y brindar certidumbre jurídica a las y los contribuyentes.
Además, reitera su compromiso… pic.twitter.com/Dab8r2x1mi
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